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martes, 22 de noviembre de 2011

La Presunción de Culpabilidad

Da la sensación de que en todas las relaciones del ciudadano con la Administración Pública, esta practica la presunción de culpabilidad y la carga de la prueba recae en el ciudadano, habitualmente poco habituado a pleitos y contenciosos.

Hace unos meses (exactamente en Julio), os contaba mi experiencia con el Servei Català de Trànsit, que me hizo llegar (erróneamente) una sanción por exceso de velocidad. El denunciado no era mi coche (la matrícula sólo se parecía). Tras recurrir (con cierta comodidad, eso sí, via Internet), recibí finalmente una carta del Servei el pasado 12 de Noviembre, en que reconocían el error, y daban por cerrado el expediente.

Pero sólo unos días después (exactamente el 17; si es que no dejan descansar) recibí, por correo certificado (a través del conserje de casa) una comunicación de la Sección de Disciplina Urbanística de mi Distrito del Ayuntamiento de Madrid. Según parece, el mismo día llegaron varias docenas de comunicaciones parecidas para diversos vecinos.

En la comunicación, tras varios párrafos espesos (en que citan artículos concretos de Leyes, Ordenanzas, Reglamentos,...), me ordenan que, en el plazo de dos meses, proceda a solicitar la oportuna licencia que ampare las obras consistentes en "instalación de un cerramiento vertical acristalado en terraza tendedero". Por supuesto, de no hacerlo, me amenazan con todos los males del Averno.

Según parece, tras esta avalancha de cartas podría estar una vecina cabreada porque la Comunidad de Propietarios le obligó a realizar (o se lo prohibió; no sé muy bien) algún tipo de modificación de su vivienda. Como venganza, parece que sembró el Ayuntamiento de denuncias al resto de vecinos.

En mi caso, el tema es flagrante. Las obras que describen y para las que debería solicitar una licencia no solamente no se han realizado nunca, sino que ni siquiera tengo intención de realizarlas en el futuro, próximo o lejano.

Sin embargo, recibir una comunicación de este tipo te hace sentir culpable de algún modo inconcreto.

Todos los pisos de mi urbanización disponen de una pequeña terraza tendedero, donde está instalada la caldera (para la calefacción y el agua caliente) y donde se instala habitualmente la lavadora. En el proyecto de la casa, estas terrazas están al aire libre, protegidas de la vista del exterior por una celosía de lamas metálicas.

Es cierto que hay muchos vecinos que decidieron en algún momento añadir un cerramiento acristalado, principalmente para proteger la zona del frío del invierno. En mi caso, preferí dejarlo como estaba, porque creo que tiene algunas ventajas. Por una parte, la presencia de una persona en esa zona se produce por tiempos muy cortos (echar ropa sucia al cesto correspondiente; poner en marcha la lavadora o recoger la ropa una vez termina su ciclo). Y que la zona esté abierta al aire libre tiene la ventaja adicional de que nunca se acumulan allí malos olores de ningún tipo.

Nunca hasta hoy ningún inspector del Ayuntamiento se personó en mi vivienda para verificar si esa obra efectivamente se había realizado o no. Utilizaron, por supuesto, la presunción de culpabilidad, y el principio de denuncia, que algo queda.

No creo que tenga ningún problema en desmontar y cancelar el expediente. Pero me costará personarme en la Junta de Distrito, aportar alguna fotografía, rellenar un escrito de recurso y quizá hasta aceptar que un Inspector visite mi vivienda. Solamente porque el Ayuntamiento estimó que lo más probable es que yo fuera culpable. Suena de una prepotencia impresentable.

Ante estos hechos, te sientes como un Sospechoso Habitual.

JMBA


PD (25/11/11). Este viernes me he personado en la Junta de mi Distrito del Ayuntamiento de Madrid. Tras decirme que el Departamento de Disciplina Urbanística sólo atendía los lunes y miércoles por la mañana, en recepción me aconsejaron intentar que me recibieran en la primera planta (¿una contradicción?). Lo conseguí, y pude ver el expediente completo de muchos vecinos de mi urbanización que han sido denunciados. Localizamos el origen del error (la calle a donde da mi terraza tendedero está un piso más elevada que la fachada frontal, por lo que los técnicos del Ayuntamiento se descontaron de piso, ya que hay bajos con jardín que son realmente primeros pisos en mi portal). Lo que supone que mi denuncia realmente corresponde a mi vecino de arriba. Me aconsejaron presentar una instancia haciendo constar este hecho. En el mostrador de información de Línea Madrid (en la planta baja) me facilitaron un impreso de Instancia General, que rellené a continuación y presenté en el Registro (tras una espera de unos veinte minutos). Allí pedí la Anulación del Expediente (por error evidente). Espero tener noticias de la resolución favorable a mi petición, en el plazo de algunos meses.

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